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Madrid ayudará hasta con 10.000 euros a los autónomos del comercio

La Comunidad de Madrid abrió la semana pasada una nueva bisectriz de ayudas para cubrir las inversiones que realicen los autónomos del comercio y la traspaso ambulante en tecnología o innovación para digitalizar sus actividades. Las subvenciones se pueden solicitar hasta el próximo 5 de octubre y cubrirán hasta un mayor de 10.000 euros, en función del desembolso que haya realizado el negocio.

Según publicó la Comunidad de Madrid a través de sus redes sociales, los autónomos que pertenezcan al sector del comercio y cumplan los requisitos, pueden solicitar ya las ayudas «a la digitalización y modernización del comercio, hasta el 5 de octubre. ✔Nuestros comercios con solera, aquellos con más de 50 primaveras de actividad, tendrán prioridad en la concesión».

 

Cuantía y requisitos de las ayudas para digitalizar a los autónomos del comercio

Las nuevas ayudas de la Comunidad de Madrid consistirán en subvenciones del 50% del coste necesario para cubrir las inversiones que se consideren subvencionables en esta convocatoria, debidamente justificadas y aceptado dicho coste por la Establecimiento, impuestos excluidos, con un mayor de 10.000 euros por solicitante.

Se consideran gastos subvencionables algunos de los siguientes:

  •  Obras de ampliación, transformación o nueva comprensión de establecimientos comerciales y/o talleres artesanos, considerándose incluidos los almacenes situados en el mismo específico, e incluyendo por su indudable interés ambiental en la reducción de emisiones, principalmente de CO2, la implantación de medidas de economía energético por utilización de energías renovables, entrada de instrumentos tecnológicos de seguridad y/o matanza de barreras arquitectónicas
  • Adquisición e instalación de dotación, maquinaria y enseres necesario para el explicación de la actividad comercial y/o artesanal. Además serán subvencionables los dispositivos de producción de frío mecánico en los vehículos frigoríficos isotérmicos destinados al transporte seguro de mercancías de alimentos perecederos, con restricción del transporte.
  •  Adquisición e instalación de equipos informáticos o tecnológicos y software necesarios para el explicación de la actividad comercial y artesanal, la gobierno empresarial y la implantación y/o modernización de los sistemas y/o soportes dirigidos a la mejoramiento del comercio electrónico y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en los procesos de negocio.

Condiciones para ser beneficiario

Las ayudas van dirigidas a las pymes y autónomos que se dediquen a la actividad del comercio o la artesanía. Además pueden ser beneficiarias las comunidades de capital que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan arrostrar a extremo los proyectos o actividades que son objeto la subvención.

En cuanto a los requisitos, los autónomos deberán cumplir las siguientes condiciones para cobrar estas ayudas:

  1. Ser originarios de cualquier Estado miembro del Espacio Financiero Europeo.
  2. En caso del sector comercial, desarrollar su actividad en un establecimiento físico campechano al conocido destinado a la traspaso minorista emplazado en la Comunidad de Madrid. 
  3. En el caso del sector artesano, tener el taller en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  4. Tener la consideración de PYME: aquellas que ocupen a menos de 250 personas y cuyo bombeo de negocios anual no supere los 50 millones de euros o admisiblemente su arqueo universal anual no sea superior a 43 millones de euros.
  5. Su actividad económica debe estar incluida interiormente de las agrupaciones establecidas en el Impuesto de Actividades Económicas, en delante IAE, o en el repertorio de actividades y oficios artesanos que se detallan en el Anexo I.
  6. Estar dadas de ingreso en el IAE en el establecimiento o taller artesano donde va a ponerse a extremo la inversión para la que se solicita la subvención, en momento aludido a la presentación de la solicitud.
  7. En el caso de personas físicas, estar encima dadas de ingreso en el Régimen Particular de Trabajadores Autónomos con prioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.
  8. No estar incursas en las prohibiciones establecidas en la reglamento de subvenciones.
  9. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Establecimiento del Estado y con la Comunidad de Madrid.

Para solicitar la ayuda, los autónomos tienen que penetrar antiguamente del 5 de octubre al sucesivo enlace e iniciar el trámite.



Creditos a: Camilo Dueso

Fuente

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