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Nuevas ayudas a los negocios de la civilización para estar presentes en ferias internacionales

El Gobierno abrió el pasado 1 de marzo el plazo para que los autónomos y pymes del sector cultural soliciten ayudas de hasta 60.000 euros para asistir a ferias internacionales. Estas subvenciones para la internacionalización de actividades culturales y creativas tienen como objetivo financiar a los negocios que presenten proyectos para impulsar su presencia en el foráneo.

La convocatoria esta destinada a subvencionar la ordenamiento de plataformas, foros, eventos, jornadas, ferias, festivales, congresos o encuentros de carácter profesional e impacto internacional por parte de los negocios del sector cultural y creativo, tanto en departamento gachupin como en el extranjero.

Según explicó el Gobierno a través de un comunicado, el coste de cada una de las ayudas atenderá a la condición de financiación declarada por el solicitante y no podrá ser superior a 60.000 euros. Adicionalmente, la subvención siquiera podrá, en ningún caso, pasar el 80% del coste total del esquema.

¿Qué negocios pueden lograr a las nuevas ayudas para internacionalizar el sector cultural?

El principal requisito de esta convocatoria es que todas las actividades propuestas deberán contar con impacto internacional y un «parada interés cultural y profesional». Pueden optar a estas subvenciones las microempresas, pequeñas y medianas empresas, de patria española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, que tengan su residencia fiscal en España y se encuentren legalmente constituidas a la aniversario de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Requisitos para lograr a las ayudas de hasta 60.000 euros

La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por los negocios que ocupan a menos de 250 personas y cuyo cuerpo de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo vaivén militar anual no excede de 43 millones de euros.

  • En la categoría de las PYME, se define pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo cuerpo de negocios anual o cuyo vaivén militar anual no supera los 10 millones de euros.
  • En la categoría de las PYME, se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo cuerpo de negocios anual o cuyo vaivén militar anual no supera los 2 millones de euros.

La convocatoria excluye a las personas físicas, aunque estén inscritas en el Régimen Específico de Trabajadores Autónomos (RETA), las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, las entidades sin actitud de provecho, así como las agrupaciones de interés crematístico (A.I.E.), las comunidades de acervo (C.B.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.).

¿Cómo lograr a las subvenciones?

Los negocios beneficiarios de estas ayudas deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025. Por consiguiente, los gastos deberán realizarse interiormente de ese periodo. El plazo de presentación de solicitudes alpargata del 1 al 21 de marzo de 2024. Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Tarea de Civilización.



Creditos a: Camilo Dueso

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