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La UE quiere mover a las empresas de internet a revisar las comunicaciones privadas para detectar pederastia | Tecnología


La frontera entre la seguridad y la privacidad en internet es muy fina. El conflicto entre hasta dónde se puede vulnerar la segunda para certificar la primera está permanentemente amplio. La Unión Europea debatirá y aprobará durante la presidencia española, si se cumple el calendario previsto, un reglamento (directamente aplicable) que obliga a las empresas de servicios web a “evaluar, mitigar los riesgos y, en caso necesario, detectar, denunciar y eliminar el atropello sexual de menores en sus servicios”. Las instituciones de la UE y decenas de asociaciones relacionadas con los derechos de la infancia respaldan la iniciativa en presencia de un problema que afecta a, “al menos, uno de cada cinco niños”, según el estudio del Consejo de Europa One in Five. Por el contrario, entidades como Xnet, una red de defensores de los derechos digitales, y otros especialistas creen que la propuesta es inviable, pretende rematar con la confidencialidad en las comunicaciones y atenta contra libertades fundamentales. El propio reglamento considera que estas se verán afectadas, pero justifica su distrito.

El reglamento propuesto por la Comisión ha sido defendido por la socialdemócrata sueca Ylva Johansson como comisaria de Asuntos Internos de la UE, mientras que el ponente de la norma es el europarlamentario gachupin Javier Zarzalejos (PP). El argumento principal es que, según la exposición de motivos de la propuesta, “uno de cada tres encuestados durante un estudio admitió que le habían pedido que hicieran poco sexualmente evidente en tilde durante su infancia y más de la parte había experimentado alguna forma de atropello sexual”. En los últimos 10 primaveras, la incidencia ha crecido un 6.000%, según la plataforma de asociaciones Eurochild. “Nosotros, como colectivo de organizaciones que luchan por los derechos de los niños, la seguridad y la protección en tilde y fuera de tilde, apoyamos la propuesta de la Comisión Europea como un paso crítico con destino a una mejor protección de los menores”, afirman las organizaciones en una carta abierta.

Hasta ahora, en Europa, la identificación de sospechas de pederastia es voluntaria por parte de las empresas. La UE considera que “la gran mayoría de las denuncias procede de un puñado de ellas” y “un número significativo no toma ninguna medida”. Por el contrario, el problema de los abusos en tilde no para de crecer. El Centro Doméstico para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC, por sus siglas en inglés), al que los prestadores de servicios de Estados Unidos están obligados a informar de abusos a menores, recibe 30 millones de denuncias al año, de las que más de un millón corresponden a Estados miembros de la UE.

El reglamento establece que un centro europeo para la prevención y la lucha contra el atropello sexual de menores facilitará el golpe a “tecnologías fiables” y qué “indicadores” buscarán las empresas para “detectar, denunciar, cerrar y eliminar los materiales de atropello sexual de menores”. Estos algoritmos de búsqueda, según la norma, intentarán evitar los falsos positivos o denuncias erróneas y se ajustarán a criterios “verificados por órganos jurisdiccionales o autoridades administrativas independientes de los Estados miembros”.

Sin confiscación, entre las opciones de regulación, la UE incluye la más exhaustiva, que exige a las empresas detectar no solo los materiales conocidos (confirmados), sino todavía los nuevos, en remisión a aquellos que “podrían constituir material de atropello, pero que todavía no han sido confirmados como tal por una autoridad”, así como los encaminados a la captación de menores.

“Las medidas contenidas en la propuesta afectan, en primer oficio, al control de los derechos fundamentales de los usuarios de los servicios en cuestión”, admite el texto del reglamento en remisión, “al respeto a la intimidad (incluida la confidencialidad de las comunicaciones, como parte del derecho al respeto de la vida privada y común), a la protección de los datos de carácter personal y a la familiaridad de expresión e información”.

Limitaciones de derechos

“Aunque revisten gran importancia, nadie de estos derechos es una prerrogativa absoluta y deben considerarse según su función en la sociedad (…). El artículo 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea permite limitarlos, con sujeción a las condiciones establecidas en dicha disposición”, argumenta la UE.

En este sentido, la propuesta de reglamento afirma que las tecnologías que se apliquen serán “las menos intrusivas para la intimidad” y se ejecutarán “de forma anónima”. Igualmente se “garantiza el derecho a la tutela legislativo efectiva en todas las fases, desde la detección hasta la matanza, y limita la conservación del material y los datos a lo estrictamente necesario”.

La UE admite todavía que “entra en grupo la familiaridad de empresa”, ya que somete a los operadores a “una sobrecarga y puede afectar a la huido dilema de clientes y proveedores o a la familiaridad contractual”. “Este derecho siquiera constituye una prerrogativa absoluta; es posible iniciar un amplio abano de intervenciones que establezcan limitaciones al control de la actividad económica en aras del interés genérico”, insiste la UE.

Rechazo

La iniciativa cuenta con el rechazo de empresas del sector y grupos de defensa de los derechos digitales bajo la premisa de que “los abusos a menores son horrendos, pero el reglamento no resuelve el problema, establece la vigilancia masiva, anula la inviolabilidad de las comunicaciones, debilita la tutela legislativo efectiva, ataca a las pymes tecnológicas en merced de los monopolios y generará falsos positivos que pueden afectar a cualquiera y bloquearán a los investigadores”, según Xnet.

Sergio Salgado, ingrediente de esta plataforma, duda de que la iniciativa sea para combatir la pederastia en la Red. “La idea es antigua: rematar con el oculto de internet y con la privacidad de las comunicaciones”, afirma. Salgado califica el reglamento como una dorso de tuerca a la primera norma, que se denominó Chat Control 1: “Es lo mismo, pero haciendo obligatorio el control: es el añejo sueño del poder para el que, en genérico, el oculto y la privacidad es un problema”.

“Solo hay un derecho fundamental que no admite ningún tipo de restricción: la familiaridad de pensar. El resto las admite, pero deben ser mínimas y bajo tutela legislativo efectiva. En ningún caso se puede convertir internet en un espacio de excepción. Es como proponer que la policía puede entrar en casa de cualquiera sin mandato, pero prometiendo que no entrará”, asegura.

Salgado señala los falsos positivos como uno de los grandes problemas. “Se perjudicará a inocentes”, afirma para señalar que “estas acusaciones infundadas inundarán, por otra parte, a los investigadores que sí persiguen eficazmente la pederastia”.

Falsos positivos

Google suspendió las cuentas de dos usuarios de Estados Unidos que enviaron fotos de sus hijos a los pediatras para el seguimiento de una infección. En España, el profesor valenciano David Barberá se quedó sin golpe a miles de archivos privados en la montón por presuntas imágenes que la misma compañía consideró sospechosos.

“Las grandes compañías van a ser una policía privada y van a tener un criterio conservador: no quieren problemas legales ni riesgos. En caso de duda, se residuo el material. Su prioridad no va a ser permanecer un discurso huido y una conversación abierta en internet. Por otra parte, la tutela legislativo efectiva se pedestal en que eres tú el que tienes que ir al judicatura”, argumenta Salgado.

“Es una constitución que usa el atropello sexual inmaduro para cercenar derechos digitales y esto no funciona así; no se puede ofrendar familiaridad por seguridad”, concluye.

European Digital Rights, una agrupación internacional de organizaciones a merced de los derechos civiles, coincide con Xnet y pide la retirada del reglamento de la UE: “Obligará a los proveedores de todos nuestros chats, mensajes y correos electrónicos digitales a retener lo que estamos escribiendo y compartiendo en todo momento y eliminará la posibilidad de anonimato de muchos espacios legítimos en tilde”.

A merced

Javier Zarzalejos, eurodiputado ponente del reglamento, discrepa de todas las cautelas y defiende las bondades de la propuesta. Destaca que todas las empresas tendrán que “hacer un disección de aventura” y que este no es el mismo en todos los casos: “Un servicio de suscripción en el que hay mecanismos eficaces de comprobación de la existencia no es lo mismo que servicios como chats cuyo atractivo de negocio consiste en que uno se puede relacionar de guisa huido y anónima con cualquiera. Será la autoridad competente de cada Estado la que valore si el disección de aventura es suficiente, realista, y tendrá que aprobar las medidas de protección. No hay medidas que las compañías puedan adoptar sin autorización por parte de las autoridades competentes”.

Igualmente rechaza que la obligación de escaneo de las comunicaciones vulnere la intimidad de estas. “La encriptación se mantiene. La tecnología que se aplica es extraordinariamente fiable y actúa de una guisa muy parecida a la que detecta el spam [correo no deseado]. De acuerdo con unos indicadores, los algoritmos detectan los casos. No hay golpe al contenido de la comunicación y actúan como clasificadores”.

“Las compañías tienen que introducir la comprobación humana para determinar que se detectan patrones compatibles con un caso de atropello sexual inmaduro. Las sospechas tienen que remitirlas a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Por una o dos frases o por mandar fotos de mis nietos en la playa, nadie va a deducir que estamos en presencia de un beocio que está siendo acosado o atraído para finalidades de atropello sexual”, añade el eurodiputado. En este sentido, Zarzalejos establece una semejanza: “Todas las cartas pasan a través de un escáner para evitar que lleven productos ilegales. El hecho de que pase por el escáner no significa que Correos conozca lo que yo escribo en una carta”.

Igualmente coincide con el planteamiento de la UE en que se pueden establecer límites a las libertades. “No existen derechos fundamentales absolutos y aquí estamos hablando de un delito de una gravitación extrema”. “Felizmente, tenemos un entorno de garantías muy amplio y una autoridad legislativo. La idea es que tengamos un reglamento que sea suficientemente adaptable, a prueba de crecimiento tecnológica, y que aporte un entorno sumarial que nos permita mantenerlo válido en entorno cambiante”, añade.

“No estamos estableciendo un control genérico de todas las comunicaciones. Estamos hablando de herramientas que no necesitan el golpe al contenido y están sujetas a revisión, a unas condiciones específicas que impone la ley. Ya se aplica en prevención del terrorismo con un reglamento que funciona y tiene bastantes semejanzas con este”, concluye.

La socialdemócrata sueca Ylva Johansson, que ha llevado la propuesta de la Comisión, todavía la defiende: “Como adultos, es nuestro deber proteger a los niños. El atropello sexual inmaduro es un peligro actual y creciente. La propuesta establece obligaciones claras para que las empresas detecten y denuncien el atropello a los menores, con fuertes salvaguardias que garanticen la privacidad de todos, incluidos los niños”.

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Creditos a Raúl Limonada

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