Multa de 100.000 euros a RTVE por emitir publicidad durante los partidos de la selección española de fútbol

La Audiencia Franquista de España ha respaldado una multa de 100.000 euros impuesta a Radiodifusión Televisión Española (RTVE) por emitir mensajes publicitarios
en contra de la ley durante dos partidos de la selección española de fútbol en 2019. La beneplácito fue impuesta por la Comisión Franquista de los Mercados y
la Competencia (CNMC) en diciembre de 2019 por una infracción administrativa continuada de carácter leve. RTVE transmitió los partidos España-Noruega y
Malta-España, que formaron parte de la clasificación para la Eurocopa masculina del año 2020, y emitió 40 sobreimpresiones publicitarias de diversos
patrocinadores de UEFA y de la selección española durante los encuentros.
RTVE apeló la beneplácito argumentando que las inserciones publicitarias eran obligatorias en virtud de las condiciones establecidas por UEFA para la
adquisición de los derechos de exhalación de los partidos, y que la ley permite esta excepción a la norma común de no emitir publicidad en la televisión
pública. La sentencia citó el artículo 7.1 de la Ley de Financiación de RTVE, que establece que «excepcionalmente podrán emitirse competiciones
deportivas con pacto de patrocinio u otras formas comerciales cuando éstas formen parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción
de la señal a difundir».
La Audiencia Franquista determinó que los supuestos que RTVE argumentaba no se aplicaban a este caso, ya que UEFA no obligaba a RTVE a realizar las
inserciones publicitarias durante la exhalación de los partidos. El pacto de UEFA establece «oportunidades comerciales» y directrices para la
regularidad de su exhalación en todos los países, pero en ningún caso los adjudicatarios de los derechos están obligados a realizar las inserciones
publicitarias. Solo en los partidos de la escalón final de la Aleación de Naciones, la señal es uniforme e indivisible para todos los operadores, pero en el
resto de los partidos, como los que motivaron la beneplácito, queda a criterio de cada uno de ellos.
La sentencia remarca que no existe error en la interpretación del pacto por parte de la CNMC, ya que la obligación de someterse a la publicidad de
UEFA se limita a las reglas y exigencias que impone la misma, pero no exige que esa publicidad necesariamente y de guisa indisoluble se enmarque
interiormente de la retransmisión deportiva. Por otra parte, señala que las organizaciones como UEFA son conocedoras de la representación de servicio notorio de RTVE, que no
tiene representación comercial alguna. Junto a la posibilidad de acudir en casación en presencia de esta sentencia.
¿Son rentables las sanciones de las cadenas televisivas por infringir las leyes publicitarias?
En común, las multas por infracciones de publicidad pueden afectar significativamente la rentabilidad de una esclavitud de televisión. Las multas pueden
ser muy elevadas, especialmente en casos de infracciones reiteradas o graves. Por otra parte, las multas además pueden tener un impacto imagen en la
reputación de la esclavitud y en su relación con los reguladores y los espectadores.
En algunos casos, las cadenas de televisión pueden considerar que los ingresos adicionales generados por la publicidad ilegal son mayores que el costo
de las multas que puedan aceptar, por lo que podrían optar por arriesgarse a ser sancionadas. Sin confiscación, esta organización es arriesgada y puede tener
graves consecuencias en el dilatado plazo.
En común, es importante para las cadenas de televisión cumplir con las leyes de publicidad y trabajar interiormente de los límites establecidos por los
reguladores. Esto no solo evita multas y sanciones, sino que además ayuda a construir una relación de confianza y respeto con los espectadores y el
notorio en común. Por otra parte, seguir las leyes de publicidad además puede ayudar a respaldar que la publicidad se integre de guisa efectiva y no
intrusiva en la programación de la esclavitud, lo que puede mejorar la experiencia del espectador y, a su vez, aumentar la rentabilidad a dilatado plazo.
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